2017

Ley de Autónomos: ¿qué se ha aprobado y qué se ha quedado fuera?

Finalmente, el Senado ha aprobado la Ley de Autónomos. Tras la unanimidad en el Congreso, el Senado la ha ratificado. Después de los procesos de estudio y debate en ambas cámaras, la norma traerá mejoras en las condiciones de los trabajadores autónomos. Algunas de ellas entrarán en vigor el 1 de enero, mientras que el resto lo harán una vez se publiquen en el BOE.

(…)

Resumen de los puntos principales:

  • Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o para los que no lo hayan sido en los últimos 2 años.
  • Ampliación de la bonificación de la tarifa plana a los 24 meses. Una vez finalice el primer año, se bonificará con un 50% otros seis meses y al 30% los siguientes seis meses.
  • Si un emprendedor desea volver a montar un negocio y han pasado tres años desde que disfrutó de la tarifa plana, podrá volver a beneficiarse de ella.
  • Los autónomos pueden darse de alta y de baja en el RETA hasta tres veces en el mismo año.
  • También podrán cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año.
  • Desde enero, solo pagarán desde el día efectivo en el que se cause alta o baja en el RETA (no el mes completo).
  • Las madres que emprendan un negocio antes de los dos años desde que cesara su actividad por maternidad, adopción, acogimiento, etc., podrán beneficiarse de una tarifa plana de 50 euros. Entrará en vigor al publicarse en el BOE.
  • Los autónomos podrán cobrar el 100% de la pensión de jubilación y seguir trabajando si tienen, al menos, un empleado al cargo. Entrará en vigor al publicarse en el BOE.
  • El exceso de cotización en caso de pluriactividad se devolverá sin que haya que solicitarlo. Entrará en vigor al publicarse en el BOE.
  • Los autónomos que trabajen desde su casa, podrán deducirse el 30% de los gastos de suministros, como agua, luz o telefonía.
  • También podrá deducirse hasta 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando sea en España. Esta cifra asciende a 48euros si se realiza en el extranjero.
  • Los autónomos al cuidado de menores o dependientes tendrán la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año. Entrará en vigor al publicarse en el BOE.
  • Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.

Lea la noticia completa en Cinco Días, 13-10-2017

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